MunicipalesProvincialesRegionales

Suprema Corte falló contra María Eugenia Vidal

En una decisión que traerá nuevas discusiones en el ámbito de los trabajadores sindicales, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires declaró «la nulidad de la Reglamentación» de la Ley 14.656 reglamentada en 2016 por la gobernadora María Eugenia Vidal, al considerar que hay «una extralimitación de los poderes» que le confiere la Constitución de la provincia.
De la reglamentación de 24 artículos que fueron cuestionados oportunamente por la Federación de Sindicatos, 23 fueron declarados «inconstitucionales» en su reglamentación.
Uno de ellos le quitaba a los municipios la responsabilidad de la negociación salarial con los gremios, siendo precisamente el gobierno bonaerense, a través del Ministerio de Trabajo, el órgano de intervención.
Cabe señalar que la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FESIMUBO) había logrado en 2014 la aprobación de la Ley 14.656 mediante la cual se les «garantiza a los trabajadores de toda la provincia una serie de derechos: estabilidad laboral después de un año de contrato, llamado a paritarias con participación gremial, ampliación de licencias» y otros tantos derechos que permitía al municipal estar a la altura de los mismos derechos de un trabajador de empleo público nacional.
Esta ley venía a reemplazar la Ley 11.757 que se había dictado en durante la gobernación de Eduardo Duhalde.
Pero fue Vidal la que modificó algunos artículos cuando se llevó a cabo la reglamentación de la norma. Uno de los puntos indicaba que «el ministerio de Trabajo podía revisar los convenios colectivos de trabajo acordados entre el sindicato y la municipalidad y podían solicitar modificaciones para homologarlos cuando era un acuerdo de partes».
Esos convenios serían de «cumplimiento obligatorio» para las partes y no podrían «ser modificados por convenios individuales».
Según la denuncia del FESIMUBO, Vidal propuso «giros» en la ley que le permitió cambiar sustancialmente el sentido de la normativa y manejar discrecionalmente la situación laboral de los municipales, especialmente en los gobiernos del mismo color político donde muchos trabajadores fueron despedidos sin motivos y otros municipios no discutieron la pauta salarial por no realizar el llamado a paritarias.
Por caso, uno de los distritos que tomó al pie de la letra la reglamentación de Vidal fue el Municipio de Morón, gobernado por su ex esposo Ramiro Tagliaferro.
Allí, los trabajadores municipales denunciaron el despido de más de trescientos compañeros con más de un año de antigüedad, otro tanto con hasta 15 años y un mísero aumento del 10 por ciento.
FALLO
En uno de los considerandos, el documento dictado por la Corte Suprema con la firma de los jueces Daniel Soria, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan y Eduardo Lázzari enuncia: «La norma revela prima facie un exceso en el ejercicio de las facultades que corresponden al Poder Ejecutivo en el marco del artículo 144 inciso 2° de la Constitución provincial; pues la entrada en vigencia -o no- de la ley reglamentada no es una materia susceptible de ser aprehendida por ese carril, a menos que exista una disposición legal en ese sentido».Vidal cara de traste

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Pin It on Pinterest