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GRAVE DENUNCIA DE UNA VECINA CONTRA UNA INMOBILIARIA DE RANELAGH Y LA POLICÍA DE ESA ZONA

La vecina Cecilia Aprile, DNI 18.598.809, con domicilio en 24 N° 3101 de Berazategui, radicó una fuerte denuncia penal contra una conocida inmobiliaria del distrito, y varias personas allegadas a la misma. La denuncia es contra Oscar Cesar Figlioli, Juan Carlos D´Espósito, Félix Norberto Pérez y/o asociados o relacionados, por la presunta comisión de los delitos de daños, usurpación, desapoderamiento y retención indebida de un bien.
El tema gira en derredor de un inmueble sito en 131 entre 24 y 25 de Ranelagh -con fondo a calle 131 A- y reza quue la denunciante, en diciembre de 2013 adquirió el inmueble sito en 24 N° 3101 esquina 131, operación que se documentó con boleto certificado; la compra del inmueble se realizó de acuerdo a las condiciones fijadas por los instrumentos referenciados y toda la documental fue oportunamente suscripta por el apoderado del titular del inmueble, GADEA S.A. Jorge Luis Casabona. Asimismo el inmueble está habitado hasta el día de hoy por el hijo menor de la denunciante y por ella misma.
«Con fecha 10 de noviembre de 2015, adquiero el predio lindante a mi vivienda, a través de la Cesión de Boleto de compraventa de Miguel Oscar Parracia, comprador a su momento del predio a Casabona, apoderado de GADEA S.A. tras la transferencia de Boleto de Compra – Venta, se dio inicio de la demanda de escrituración en autos «Aprile Cecilia C/ Gadea S.A. S/ Escriturqación» por Expte. OL 38984 / 2018, que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9 del Departamento Judicial Quilmes, en cuyo cuerpo se encuentran los originales de la documentación mencionada. Se acompaña constancia de inicio de la mencionada demanda» sustenta la denunciante.
Durante un tiempo, la denunciante planteó que tuvo el predio cerrado debido a que pasaba por diferentes problemáticas personales y familiares, pero lo mantenía limpio con el pasto corto y alambrado en estado para evitar inconvenientes con los vecinos y a los fines de evitar que ingresaran personas extrañas. «También es importante aclarar que usaba el predio como cochera para mi auto y ocasionalmente el de mi pareja. Asimismo acompaño denuncia con fecha 2018, realizada por mi ante Fiscalía, dado que fui intimidada y amenazada por el Municipio de Berazategui, porque mi hijo menor lavaba mi auto y el de mi pareja y adujeron que era un lavadero de autos no registrado y habilitado. Es para tener en cuenta que mi hijo lavaba los autos en mi propiedad, adentro sin afectar a los peatones que circulaban por la vereda» denuncia Cecilia Aprile.
Y destaca que «Tan pública era mi posesión que los vecinos del lugar me reconocen como dueña y hasta los servicios públicos del inmueble están desde que adquirí el predio a mi nombre. Con ello me refiero al servicio de Luz de Edesur y gas de Metrogas del mismo modo los impuestos están a mi nombre y los abono en la medida de mis posibilidades económicas».
La denunciante puntualizó que «Desde el mes de diciembre de 2018 encomiendo a Víctor Hugo Cangro la posibilidad de realizar la venta de lotes, así que se comenzó a realizar la correspondiente subdivisión de la parcela que forma el predio y confeccionando el correspondiente plano de obra al estudio ‘Agrimensura G + G’, de 9 de julio 260 de Quilmes, diligencia que se halla en proceso».
Aprile plantea en su denuncia que «A partir de mayo de 2019 hasta la fecha, se han realizado 8 ventas a personas que compraron en forma correcta mediante Cesión de boleto de compra – venta, certificada por ante el notario Patricio Gómez Arreceygor, con oficinas en 45 N° 740 de La Plata, documentación que fuera revisada y estudiada por el mismo notario y la asistencia del Estudio Roqué & Asociados, la que se acompaña en esta denuncia».
«Lamentablemente -apunta- en julio del corriente año se dieron varios hechos intimidatorios, que afectaron mi persona y el inmueble referenciado; el día 18 de julio último, el perro de mi hijo menor es acuchillado por desconocidos, el animal se hallaba en el predio, ya que le habíamos puesto su casita (cucha) ahí para que no estuviera encerrado en el departamento, dándole alimento y agua todos los días. Consta el ingreso a la veterinaria de Berazategui ese mismo día; el 20 de julio rompen el alambre perimetral y lo sacan dejando un sector amplio desprotegido, el cual fue reparado al día siguiente. Otro acto de vandalismo se sucede a los días, cuando vuelven a ingresar y sacan y tiran todas las estacas que demarcaban el amojonamiento realizado por el agrimensor del estudio de Agrimensura G + G, las que al día siguiente fueron re plantadas. Luego de ello el pasado 3 de agosto se hacen presentes los denunciados con asistencia policial, a efectos de ingresar por la fuerza al inmueble rompiendo candado de portón de acceso e impidiendo cualquier tipo de acceso por mi parte».
En dicha oportunidad «denunciaron en la IPP 13-01-008574-19 a Victor Cangro quien se presentara en el lugar al solo efecto de interiorizarse de lo que estaba pasando. Tan inverosimil y extraña es la denuncia y el obrar policial, que resulta ‘juzgar quien tiene una posesión’ (cuestión que se les está vedada y corresponde a la justicia) que la causa se caratuló ‘Averiguación de Ilícito’ sin haber la mas mínima imputación directa».
La denunciante argumentó en la causa que «se dió un verdadero Despojo material de la posesión pública y pacífica que detentaba hasta ese entonces con el manto de la fuerza policial que Sin Órden Judicial alguna procedió a despojarme de mi inmueble a mi persona y a todos los cesionarios adquirentes sin sustento jurídico alguno, conducta que oportunamente también será denunciada en el ámbito de Asuntos Internos Policiales».
En términso concretos los denunciados presuntamente son USURPADORES del predio a la luz de las conductas desplegadas y mas aun a la luz de que se obró sin derecho alguno. Recordemos que el artículo 2239 del Código Civil y Comercial «Artículo 2239. Acción para adquirir la posesión o la tenencia. Un título válido no da la posesión o tenencia misma, sino un derecho a requerir el poder sobre la cosa. El que no tiene sino un derecho a la posesión o a la tenencia no puede tomarla; debe demandarla por las vías legales.» En este caso la posesión que no es tal sino mera tenencia material del inmueble y retención indebida del mismo se ha efectuado por medios Ilegales.
Luego de dos días de dicho acto, «no conformes y para beneficiarse de la posisión de poder se comenzó a destruir todo lo que se avanzó en el emprendimiento desarrollado en el predio, se rompieron las estacas de amojonamiento, se pasó un tractor para romper los trazados de calles que se habían efectuado y se procedió por parte de los denunciados y su personal dependiente a impedir el acceso a la Vivienda de mi Hija sita en una construcción dentro del predio, no pudiendo siquiera sacar su Vestimenta del lugar. Reitero, todo ello Sin Ninguna Resolución Judicial que lo Oordene, solo con el uso de la fuerza» certifica la mujer.
Por último «es dable denunciar la presunta comisión de delitos de falsedad material y/o ideológica en los instrumentos acompañados por los aquí denunciados en su denuncia, mas allá de que aún siendo verosímiles dichos instrumentos (cosa que descarto) no dan posesión sino derecho a reclamar la misma» cierra Aprile.

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